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ADMISIÓN ALUMNOS CURSO 2023/24 » Criterios de Admisión GRADO MEDIO
ADMISIÓN ALUMNOS CURSO 2023/24
Criterios y baremación

Cuando el número de solicitudes registradas en el centro es superior al número de plazas ofertadas hay que realizar una baremación siguiendo una serie de criterios. En cada partado se suman los puntos, y los alumnos de mayor puntuación, hasta completar la ofderta, serán los admitidos.

Tanto para Grado Medio como para Grado Superior, un 5% de la plazas ofertadas se reserva para solicitantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y otro 5% para deportistas de alto nivel reconocidos como tal oficialmente. El resto de las plazas se reparten según el modo de acceso y siguiendo la siguiente baremación:

PARA ALUMNADO DE GRADO MEDIO

a) Alumnado que esté en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (LOE/LOMCE): 60% de las plazas restantes

1.º Expediente académico. A estos efectos se tendrá en cuenta la nota media del expediente académico que será la media aritmética expresada con dos decimales, de las calificaciones de las materias de tercer y cuarto curso cursadas por el alumno. (nota media expresada con dos decimales)

2.º Condición legal de familia numerosa. (2 puntos)

3.º Haber obtenido el título de Educación Secundaria Obligatoria en un centro docente del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (2 puntos)

4.º Haber obtenido el título de Educación Secundaria Obligatoria en un centro docente de una provincia limítrofe al ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (1 punto)

b) Alumnado que esté en posesión de un Título Profesional Básico: 30% de las plazas restantes

1.º Expediente académico. A estos efectos se tendrá en cuenta la nota final del Título Profesional Básico. (nota final expresada con dos decimales).

2.º Ciclo formativo de grado medio al que el título Profesional Básico cursado da preferencia (3 puntos)

3.º Condición legal de familia numerosa. (2 puntos)

4.º Haber superado un ciclo de Formación Profesional Básica en un centro docente del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (2 puntos)

5.º Haber superado un ciclo de Formación Profesional Básica en un centro docente de una provincia limítrofe al ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (1 punto)

c) Alumnado que reúna otros requisitos de acceso (título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (LOGSE); título de Técnico Auxiliar; título de Bachiller Superior; acreditar un máximo de dos materias pendientes en los dos primeros cursos de BUP; haber superado el 2º curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias; haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental; haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores; haber superado el curso de formación específico para acceso a ciclos de grado medio; haber superado una prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio; haber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial; cumplir alguno de los requisitos para el acceso a los ciclos formativos de grado superior): 10% de las plazas restantes

1.º Expediente académico. A estos efectos se tendrá en cuenta la nota final expresada con dos decimales, de la titulación que les da acceso o la nota media, expresada con dos decimales, que será la media aritmética de las calificaciones de las materias cursadas por el alumno a excepción de la religión, o la nota final de la prueba de acceso. (nota final expresada con dos decimales)

2.º Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio (3 puntos)

3.º Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior. (1 punto)

4.º Condición legal de familia numerosa. (2 puntos)

5.º Haber obtenido el título que le da acceso, haber superado todas las materias de bachillerato o haber realizado las pruebas de acceso en un centro docente del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (2 puntos)

6.º Haber obtenido el título que le da acceso, haber superado todas las materias de bachillerato o haber realizado las pruebas de acceso en un centro docente de una provincia limítrofe al ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (1 punto).

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