Se tendrá en cuenta lo indicado en la ORDEN EDU/464/2024, de 10 de mayo, por la que se modifica la Orden EDU/602/2022, de 31 de mayo, por la que se regula la admisión del alumnado a enseñanzas de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León y en la Resolución de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado a los ciclos formativos y cursos de especializcación en modalidad presencial en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2025-2026.
Los REQUISITOS para poder matricularse en estos ciclos son:
GRADO SUPERIOR "GESTION FORESTAL Y DEL MEDIO NATURAL"
De conformidad con el artículo 41.3.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el acceso a ciclos formativos de grado superior requerirá una de las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título de Bachiller.
b) Poseer el título de Técnico de Grado Medio de Formación Profesional.
c) Haber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa.
d) Haber superado una prueba de acceso.
e) Estar en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional o grado universitario.
f) Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño.
En los supuestos de acceso al amparo de las letras c) y d), se requerirá tener diecinueve años como mínimo, cumplidos en el año de realización de la prueba
IMPORTANTE: De conformidad con el tercer punto de la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, se aceptará, como título de Bachiller al que se refiere el artículo 41.3.a), el título de Bachiller expedido tras cursar el antiguo Bachillerato unificado y polivalente (B.U.P.).
GRADO MEDIO "APROVECHAMIENTO Y CONSERVACION DEL MEDIO NATURAL"
De conformidad con el artículo 41.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el acceso a ciclos formativos de grado medio requerirá el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión de al menos uno de los siguientes títulos:
1.º Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2.º Título Profesional / Técnico Básico.
3º Haber superado la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio.
Otras titulaciones equivalentes a efectos de acceso: